Política de tratamiento de datos personales
a. Aplicar la política para el manejo de información personal que sea utilizada y/o se encuentre en las bases de datos de la empresa, que sean susceptibles de tratamiento, en virtud de la relación contractual o de los servicios prestados o recibidos de los titulares de la información.
b. Dar cumplimiento a la normatividad legal vigente: Ley Estatutaria 1266 de 2008 1, Ley estatutaria 1581 de 2012 2, Decreto 1377 de 2013 3, Decreto 886 de 2014 4, Decreto 1074 de 2015 5, Circular externa 002 de 03 de noviembre de 2015 6, Circular externa 001 del 8 de noviembre de 2016 7, en el marco de los servicios que presta para el cumplimiento de su objeto social.
c. Garantizar que los datos personales que recolecte, almacene, utilice, circule, suprima, procese, compile, actualice, transfiera, disponga o intercambie con otras entidades, se sometan estricta y únicamente a algunas de siguientes finalidades, en relación con su objeto social:
- Archivar y actualizar los sistemas de información.
- Cumplir con los procesos internos de la empresa en materia de administración de empleados, proveedores, contratistas y clientes.
- Cumplir con las obligaciones contraídas con empleados, clientes, proveedores y contratistas.
- Custodiar la información y las bases de datos de la empresa.
- Ejercer el objeto social de acuerdo con las necesidades particulares de los clientes tanto internos como externos, con el fin de cumplir con los contratos de venta de bienes y/o servicios, incluyendo, pero sin limitarse a utilizar los datos personales para mercadeo y/o comercialización de nuevos productos o servicios.
- Evaluar la calidad del servicio prestado.
- Enviar invitaciones a eventos o reuniones programadas por la empresa.
- Establecer la respectiva relación y/o vinculación (civil, laboral, comercial).
- Gestionar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de registros comerciales, corporativos y contables de la empresa.
- Mantener y procesar por medio electrónico o físico, cualquier tipo de información de cliente, empleado, proveedor o contratista con el fin de brindar los servicios y productos pertinentes.
- Procesos al interior de la empresa, con fines de desarrollo operativo y/o de administración de sistemas.
- Registrar estadísticas.
- Responder los requerimientos de entidades de control o autoridades competentes que lo requieran.
- Realizar evaluación de calidad de los productos y servicios.
- Transmitir datos a terceros con los cuales se hayan celebrado contratos, para fines comerciales, administrativos, contables, de mercadeo y operativos, incluyendo, pero sin limitarse a la expedición de certificados personalizados y certificaciones a terceros, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
- Las demás finalidades que determinen los responsables en procesos de obtención de datos personales para su tratamiento y que sean comunicadas a los titulares en el momento de la recolección de los datos personales, con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones legales, regulatorias, así como de las políticas de la empresa.
d. Implementar mecanismos que aseguren que tanto el responsable como los encargados (empleados, contratistas y terceros) del manejo de la información, observen y respeten esta política en el cumplimiento de sus funciones, actividades y en el desarrollo de los contratos, aun después de terminar los vínculos legales, comerciales, laborales, y de cualquier índole, guardando estricta confidencialidad en relación con los datos tratados.
1 Ley Estatutaria 1266 de 2008: “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia,
comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”
2 Ley Estatutaria 1581 de 2012: “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”
3 Decreto 1377 de 2013: “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012.”
4 Decreto 886 de 2014:“Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, relativo al Registro Nacional de Bases de Datos.”
5 Decreto 1074 de 2015: “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”
6 Circular externa 002 de 03 de noviembre de 2015: “Adicionar el Capítulo Segundo en el Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.”
7 Circular externa 001 del 8 de noviembre de 2016: “Modificar el Capítulo Segundo del Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.”
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